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Gastos deducibles para médicos independientes

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Gastos deducibles para médicos

El ejercicio profesional de la medicina no solo implica conocimientos clínicos, sino también el cumplimiento de obligaciones fiscales. Como médico independiente, es fundamental estar al tanto de las responsabilidades administrativas para evitar sanciones y mantener en orden la situación fiscal de tu práctica.


Uno de los aspectos más importantes es la declaración anual de impuestos, un requisito obligatorio para ciertos contribuyentes. Conocer el proceso, los plazos y las deducciones aplicables te permitirá optimizar tus finanzas y evitar problemas legales.


¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual?


La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece que los médicos deben presentar su declaración anual si cumplen con alguna de las siguientes condiciones:


  • Si sus ingresos anuales superaron los 400,000 pesos.

  • Si trabajaron para dos o más patrones en el mismo período.

  • Si laboran bajo la modalidad de pago por honorarios.


Por otro lado, están exentos de presentar la declaración anual aquellos médicos que recibieron ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón, siempre y cuando este haya emitido Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de nómina por la totalidad de los ingresos, sin importar si superaron los 400,000 pesos.


Plazo para presentar la declaración anual


El Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece una fecha límite para la declaración anual. En 2021, se otorgó una extensión hasta el 31 de mayo, sin embargo, es recomendable cumplir con esta obligación con anticipación para evitar retrasos o problemas con la plataforma del SAT.


No dejar la declaración para los últimos días te permitirá revisar con calma la información y aprovechar posibles deducciones fiscales.


Gastos deducibles para médicos independientes


Una de las ventajas de presentar la declaración anual es la posibilidad de deducir ciertos gastos, lo que puede reducir el monto a pagar e incluso generar un saldo a favor.


Los médicos que laboran por honorarios o bajo régimen de asalariados pueden deducir los siguientes gastos:


  • Gastos médicos (consultas, estudios, hospitalización y tratamientos).

  • Colegiaturas (con montos máximos según el nivel educativo).

  • Seguros médicos (incluidos los gastos por incapacidad y discapacidad).

  • Hipotecas (intereses reales devengados).

  • Gastos funerarios (para cónyuge, padres, abuelos o hijos).

  • Donativos (a instituciones autorizadas).


Para que estos gastos sean válidos, es imprescindible contar con facturas que incluyan los datos correctos, como el RFC del emisor y del contribuyente.


Límites de deducciones


El monto máximo que se puede deducir equivale a cinco UMA (Unidad de Medida y Actualización) elevadas al año (aproximadamente 163,000 pesos) o el 15% de los ingresos anuales, aplicándose el menor de estos dos valores.


Existen excepciones a este límite, como los gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos y aportaciones voluntarias al retiro, los cuales pueden deducirse sin restricción.


En el caso de las colegiaturas, los montos deducibles por nivel educativo son:


  • Preescolar: $14,200 anuales

  • Primaria: $12,900 anuales

  • Secundaria: $19,900 anuales

  • Profesional técnico: $17,100 anuales

  • Bachillerato o equivalente: $24,500 anuales


Cumplir con la declaración anual es una obligación ineludible para los médicos independientes. Conocer los requisitos, las fechas límite y las opciones de deducción permite optimizar la carga fiscal y evitar sanciones. Mantener una adecuada organización de documentos y facturas es clave para aprovechar al máximo los beneficios fiscales y garantizar una práctica profesional sin contratiempos legales.



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